Asunto: DENUNCIA DE HECHOS vs licitación pública internacional
número: EA-909007972-I37-15 mediante la cual se adquieren condones masculinos de hule látex. Procedimiento PLAGADO de irregularidades e ilegalidades por lo que se peticiona IMPEDIR QUE SE CONCRETE UN DESFALCO ENTRE $10 Y $15 MILLONES DE PESOS EN PERJUICIO DEL GOBIERNO DEL DF
Servidor Público José Armando Ahued Ortega
Secretario de Salud del Distrito Federal y
Servidor Público Pedro Fuentes Burgos
Director de Administración y Finanzas de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal
y Servidor Público Víctor G. Cruz Severiano, Coordinador de Recursos Materiales y Servicios Generales y/o Fromm Jonahatan Castellanos González, Subdirector de Adquisiciones de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
P r e s e n t e s
DENUNCIA DE HECHOS
Colectivo Monitor Ciudadano MX viene a denunciar los siguientes hechos directamente relacionados a todo el procedimiento de contratación de licitación pública internacional número EA-909007972-I37-15 para la Adquisición de “Materiales, Accesorios y Suministros Médicos”, para todos los efectos legales a que haya lugar y en contra de quién o quiénes resulten responsables.
Nos permitimos solicitar a la CONVOCANTE, la aclaración de las siguientes dudas:
PRUEBAS
Se ofrecen como medios de convicción que se relacionan con la presente denuncia, en todos sus puntos, las siguientes:
PRUEBAS QUE SE OFRECEN
Todas estas muestras se aportan como prueba en el Anexo 2.
b) Muestras físicas condones Dentilab/Profilatex entregados en compras del 2012 y 2013 de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal y/o Secretaría de Salud del Distrito Federal las cuales constan que ni si quiera este fabricante, al cual pertenece el diseño de condón masculino que se exhibió y al cual los licitantes deben apegarse, cumple con el requisito de centrar el diseño y los datos en ambas caras del envase primario del condón masculino (Anexo 3).
Nota: SE ENTREGA 1 PIEZA DE UN CONDÓN MASCULINO MARCA POSSESS CON DISEÑO ESPECIAL ADQUIRIDO EN EL 2012 LOTE 1207-77 CADUCIDAD JUL2017 Y FABRICACIÓN JUL2012 y SE ENTREGA TAMBIÉN 1 PIEZA DE UN CONDÓN MASCULINO MARCA POSSESS CON DISEÑO ESPECIAL ADQUIRIDO EN EL 2013 LOTE 1310-67 CADUCIDAD OCT2018 Y FABRICACIÓN OCT2013.
c) Diseños especiales (blanco y negro) de los condones masculinos correspondientes a la partida 136 del anexo 2 de las bases de la licitación, los cuales fueron entregados a Trenkes, S.A. de C.V., Laboratorios Jayor, S.A. de C.V. y DESARROLLO Y TECNOLOGIA EMPRESARIAL, S.A. DE C.V., los cuales evidencian que es un diseño que considera ya a un fabricante (Profilatex, S.A de C.V.) y a un licitante (Dentilab, S.A. de C.V.); los cuales evidencian un indicio de arreglos, actos o actuaciones entre la autoridad convocante y dichas empresas; los cuales evidencian que no es un diseño a fabricar, sino un diseño ya fabricado; los cuales evidencian que el procedimiento de contratación es una burla, una farsa, una puestas en escena, pues ya tiene asignada la partida; los cuales evidencian que ya no hay competencia (toda vez que ya hay un fabricante / licitante que cuenta con los condones masculinos apegados al diseño); los cuales evidencian que el ejemplar ya no es algo a fabricar, no es un molde, ya no es un diseño; los cuales evidencian que el diseño ya no es un ejemplo, sino un ejemplar; los cuales evidencian que el diseño es ya un envase primario existente y con los datos de un licitante, en posesión de la autoridad y puesto sobre la mesa (Anexo 4).
d) Monografía del condón masculino del Suplemento para Dispositivos Médicos de la 3ra Edición 2014 de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos (Anexo 5).
e) Cuadro Básico y Catálogo de Material de Curación de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud (Anexo 6).
f) Impresión del diseño especificado por los servicios de salud pública del distrito federal y/o secretaría de salud del distrito federal para los condones masculinos que adquirió en el 2014 (Anexo 7).
g) Disco compacto con los archivos con el diseño negro y blanco entregado a Trenkes, S.A. de C.V., Laboratorios Jayor, S.A. de C.V. y DESARROLLO Y TECNOLOGIA EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. por los servicios de salud pública del distrito federal y/o secretaría de salud del distrito federal para los condones masculinos demandados en la licitación pública internacional No. EA-909007972-I37-15 (Anexo 8).
NOTA IMPORTANTE: Dado que la documentación que se relaciona en este apartado de pruebas denominado “PRUEBAS QUE OFRECE MI REPRESENTADA” es información confidencial y que además es sumamente difícil de conseguir, se peticiona que se nos informe a través de que medio se pueden aportar tales pruebas de tal forma que quede asentado en un acta que se reciben “x”, “y”, “z”, etc. de pruebas, o bien, se peticiona se nos conceda una audiencia en la cual se puedan aportar dichas pruebas confidenciales de tal forma que quede asentado y detallado en un documento oficial dicha aportación de pruebas.
PRUEBAS QUE DEBE REMITIR LA DENUNCIADA
h) La documental pública consistente en la convocatoria y junta de aclaraciones que se adjuntan. i) Girar atento oficio a la Comisión Federal de Competencia Económica, por el que se le requiera que informe si le fue requerida su opinión para la publicación de la convocatoria de la licitación pública internacional número: EA-909007972-I37-15, segunda vuelta.Lo anterior para contar con la opinión de la autoridad encargada de proteger el proceso de competencia y libre concurrencia.
j) Las muestras de condón masculino que entregó Dentilab, S.A. de C.V. al día siguiente y conforme a la fotografía del envase primario ya diseñado.
k) Las muestras de condón masculino que entregó Dentilab, S.A. de C.V. conforme al numeral 4.8 de las bases de la licitación.
l) Las muestras de condón masculino que entregó Trenkes conforme al numeral 4.8 de las bases de la licitación.
m) Los diseños especiales de los condones masculinos correspondientes a la partida 136 del anexo 2 de las bases de la licitación.
n) Todas las solicitudes de aclaración que envió Trenkes para que estas fueran contestadas en la junta de aclaraciones.
o) La instrumental de actuaciones, en todo lo que favorezca a Monitor Ciudadano MX.
p) )La presuncional legal y humana, en todo lo que favorezca a Monitor Ciudadano MX.
Las probanzas anteriores se relacionan con todos y cada uno de los puntos que integran la presente denuncia, solicitando se tengan las mismas por ofrecidas y se desahoguen en términos de ley, con las citaciones que en derecho procedan.
Por todo lo anteriormente mencionado, se peticiona al amparo del artículo 8vo Constitucional lo siguiente:
PETITORIOS
Por lo expuesto y fundado, solicito lo siguiente:
PRIMERO.- Tener por presentado el recurso de denuncia.
SEGUNDO: Que cada Servidor Público, a quienes se dirige la presente denuncia, realice las diligencias que desde su cargo le corresponden para atender, investigar, dar seguimiento y resolver los hechos que en esta denuncia se exponen.
TERCERO: Se impida que se concrete un desfalco entre $10 y $15 millones de pesos en perjuicio del Gobierno del DF.
CUARTO: Se nos informe a través de que medio se pueden aportar las pruebas señaladas en el apartado denominado “PRUEBAS QUE SE OFRECEN” de tal forma que quede asentado en un acta que se reciben “x”, “y”, “z”, etc. de pruebas, o bien, se peticiona se nos conceda una audiencia en la cual se puedan aportar dichas pruebas confidenciales de tal forma que quede asentado y detallado en un documento oficial dicha aportación de pruebas.
QUINTO: Tener por ofrecidas las demás pruebas que este escrito contiene y que debe aportar la convocante, para efectos de que se decrete su desahogo en los términos de ley.
SEXTO: Notificar por correo electrónico el informe circunstanciado y las pruebas que se adjunten.
SÉPTIMO: Notificar por correo electrónico todos los actos, acuerdos y resoluciones que se dicten en el expediente de esta denuncia.
OCTAVO: Notificar todas las actuaciones al siguiente correo electrónico: monitorciudadanomx@hotmail.com
NOVENO: Que se siga y apliquen las reglas procesales para integrar y foliar el expediente de la denuncia, so pena de la responsabilidad administrativa y penal que se generen.
DÉCIMO: Permitir a Monitor Ciudadano MX tener acceso a todas las constancias que se integren al expediente para fotografiarlas, escanearlas o usar cualquier medio que la tecnología introduzca. Especialmente las que sean remitidas en medios electrónicos, no sólo para tener acceso a las mismas, sino para que estar realmente en aptitud de manifestar lo que en derecho corresponda y/o en su caso ejercer el derecho de ampliación.
DÉCIMO PRIMERO: Acordar sobre las pruebas ofrecidas que no están ni al alcance ni a la disposición de Monitor Ciudadano MX.
DÉCIMO SEGUNDO: Girar atento oficio a la Comisión Federal de Competencia Económica, por el que se le requiera informe cuál fue su participación en el procedimiento de contratación licitación pública internacional número EA-909007972-I37-15, segunda vuelta.
DÉCIMO TERCERO: Previos los trámites de ley, dictar la resolución que determine fundada la presente denuncia.
Atentamente, Monitor Ciudadano MX.
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